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Trabajar como socorrista este verano 2022

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Trabajar como socorrista este verano 2022

¿Llega el verano y no tienes planeado viajar? ¿Te interesaría ganar dinero para tus estudios o gastos personales.? ¿Eres socorrista? Entonces, sigue leyendo, tenemos algo que te va a interesar.

Antes de buscar una oferta de empleo para socorrista de verano, te recomendamos informarte sobre la normativa vigente, además de informarte sobre las funciones que debe realizar el socorrista.

La nueva normativa

Vamos a poner en contexto los cambios que desde el pasado octubre se hicieron oficiales en el Boletín de la Comunidad de Madrid, Orden 1239/2021:

  • No es necesario homologar el título obtenido en la Administración regional.
  • No se realizan homologaciones de títulos extranjeros ni de otras comunidades autónomas españolas.
  • Se incluyen las titulaciones oficiales (el grado de salvamento y socorrismo) y los certificados de profesionalidad como una titulación para trabajar como socorrista.
  • El socorrista profesional puede incorporarse a su puesto de trabajo sin necesidad de la inscripción en el Registro Profesional de Socorrismo. 
  • Una vez realizado el curso, cuando tengas el título o certificado de la entidad docente, puedes presentarlo a tu empleador para ejercer tus funciones de inmediato.
  • Ya no habrá renovación del título de socorrista (reciclaje).

¿Pero qué pasa si tengo la resolución de inscripción en el Registro Profesional de socorrismo válido hasta después del verano 2022?

  • Las inscripciones del Registro de Socorristas vigentes a la entrada en vigor de esta orden, posibilitará a sus titulares el ejercicio del socorrismo acuático en la Comunidad de Madrid, manteniendo su validez hasta el vencimiento del plazo de dos años desde la fecha de la inscripción.
  • La validez de las inscripciones del Registro de Socorristas, cuyo período de vigencia venza durante los seis meses siguientes a la entrada en vigor de la Orden 1239/21, es decir, desde el día 19 de octubre de 2021, quedará automáticamente prorrogada hasta un plazo máximo de un año desde la fecha del vencimiento de la inscripción.
  • Las solicitudes de inscripción presentadas con anterioridad a la entrada en vigor de esta orden, se resolverán y posibilitará a sus titulares el ejercicio del socorrismo acuático en la Comunidad de Madrid durante dos años desde la inscripción.

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Para este verano 2022 el proceso de selección ha comenzado y te estamos esperando para conocerte y asesorarte en las preguntas que puedas tener frente a la nueva normativa. Si quieres ser parte de pH2o.

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